Información sobre Pasaportes para Agencias de Orden Público
Obtenga información sobre cómo limitamos el uso de pasaportes estadounidenses, como denegar o revocar pasaportes para asistir a las agencias de orden público. Descubra cómo las agencias de orden público pueden hacer solicitudes de registros de pasaportes estadounidenses.
Limitación del uso de un pasaporte
Si la solicitud de su agencia de orden público para limitar el uso de un pasaporte corresponde a una de las categorías en esta página, envíe la solicitud por correo o fax en papel membretado oficial de la agencia a:
U.S. Department of State
CA/PPT/S/A
44132 Mercure Cir
PO Box 1243
Sterling, VA 20166-1243
Fax: 202-485-6496
Incorporación de un sujeto en el sistema de verificación de nombres
Contamos con un sistema para verificar el nombre y la identidad de cada solicitante de pasaporte. Las agencias de orden público pueden solicitar que se agregue el nombre de un sujeto a este sistema. Cuando ingresamos un nombre, notificamos a la agencia de orden público antes de emitir un pasaporte.
Denegación de un pasaporte
Conozca cómo las agencias de orden público pueden solicitar la denegación de un pasaporte conforme a 22 CFR 51.60 (en inglés). Algunas razones para denegar un pasaporte incluyen:
- Una orden de arresto federal válida y sin sellar
- Una orden judicial penal federal o estatal
- Una condición de libertad condicional o bajo palabra que prohíba salir de los Estados Unidos o de la jurisdicción del tribunal
- Una solicitud de extradición
Revocación de un pasaporte
Las agencias de orden público pueden solicitar la revocación del pasaporte de un sujeto conforme a 22 CFR 51.60-65 (en inglés). Después de revocar un pasaporte estadounidense, pasamos un informe a las agencias de orden público y de fronteras en todo el mundo para que el sujeto no pueda viajar.
Cuando retener y devolver un pasaporte
Las agencias de orden público pueden retener un pasaporte estadounidense como evidencia y para evitar que un sujeto huya del país.
La agencia debe devolver el pasaporte:
- Si el sujeto es sentenciado a prisión o libertad condicional bajo condiciones que impidan salir de los Estados Unidos. Proporcione información sobre la fecha y los términos de la sentencia.
- Cuando el pasaporte ya no sea necesario para fines de orden público y el sujeto siga bajo custodia, bajo fianza o en libertad condicional.
Envíe el pasaporte por correo a:
U.S. Department of State
CA/PPT/S/A
44132 Mercure Cir
PO Box 1243
Sterling, VA 20166-1243
Infórmenos de inmediato si:
- Se arresta al sujeto.
- Se anula o deja sin efecto una orden de arresto.
- Ya no necesita que restrinjamos el uso del pasaporte estadounidense del sujeto.
Para más información sobre cómo devolver pasaportes, llame al 202-485-6400 o contáctenos por fax al 202-485-6496.
Solicitud de archivos de pasaportes
Las agencias de orden público pueden solicitar copias certificadas de los archivos de pasaportes estadounidenses si existe una investigación o proceso penal.
Envíe la solicitud por correo o fax en papel membretado oficial de la agencia a:
U.S. Department of State
CA/PPT/S/A
44132 Mercure Cir
PO Box 1243
Sterling, VA 20166-1243
Fax: 202-485-6496
Las agencias de orden público pueden llamar al 202-485-6550 para consultas.
Devolución de pasaportes perdidos y robados
Cuando un cliente reporta un pasaporte perdido o robado, lo cancelamos para que nadie pueda usarlo para viajar al extranjero. Si un pasaporte estadounidense perdido o robado es devuelto a una oficina de una agencia de orden público, envíe el pasaporte y una carta en papel membretado oficial de la agencia a la siguiente dirección:
U.S. Department of State
Consular Lost and Stolen Passport Unit (CLASP)
44132 Mercure Cir
PO Box 1150
Sterling, VA 20166-1150