Visa de Inmigrante a Través del Empleo

ALL / ALL /

Aviso Importante: Matrimonios entre Personas del Mismo Sexo

Los cónyugues del mismo sexo de ciudadanos Estadounidenses y Residentes Permanentes Legales (LRS por sus siglas en Ingles), junto a sus hijos menores, ahora son elegibles para los mismos beneficios de inmigración como los conyugues del sexo opuesto. Los Oficiales Consulares en Embajadas y Consulados de EE.UU. adjudicarán sus solicitudes de visa de inmigrante cuando reciban una petición I-130 o I-140 aprobada del USCIS. Para más información, por favor vea nuestras Preguntas Frecuentes (en inglés).

Resumen

Cada año fiscal (1 de octubre – 30 de septiembre), aproximadamente 140.000 visas de inmigrante a través del empleo se emiten para solicitantes calificados bajo las estipulaciones de la Ley de Inmigración de EE.UU. Las visas de inmigrante a través del empleo están divididas en cinco categorías de preferencia. Ciertos cónyuges e hijos pueden acompañar o seguir a los inmigrantes a través del empleo.

Los Primeros Pasos hacia la Visa de Inmigrante: Certificados de Trabajo y Presentar una Petición

Para ser considerado para una visa de inmigrante bajo algunas de las categorías a través del empleo que son descriptas a continuación, el empleador o agencia prospectiva del solicitante debe primero obtener la aprobación de certificado de trabajo del Departamento del Trabajo (en inglés). Una vez que se recibe (si requerido), el empleador luego presenta una Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, Formulario I-140, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS por sus siglas en inglés) para la categoría apropiada de preferencia a través del empleo. (Nota: Las personas con habilidades extraordinarias en la categoría de empleo de primera preferencia pueden presentar sus propias peticiones). Cuando usted presenta la Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, Formulario I-140, vea las instrucciones detalladas de los formularios, al igual que la información detallada sobre requisitos en el sitio web de Trabajadores Permanentes del USCIS.

CATEGORÍAS

Primera Preferencia de Empleo (E1): Trabajadores con Prioridad

Un solicitante de primera preferencia debe ser el beneficiario de un Formulario I-140, Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, aprobado y debe presentarlo ante el USCIS. El certificado de trabajo no se requiere para los subgrupos de Trabajador con Prioridad. Los Trabajadores con Prioridad reciben 28.6 por ciento del límite global anual de las visas de inmigrante a través del empleo.

Hay tres subgrupos dentro de esta categoría:

  1. Personas con habilidades extraordinarias en ciencias, artes, educación, negocios o deportes. Los solicitantes en esta categoría deben tener documentación que muestra la aclamación nacional o internacional y reconocimiento en sus campos de experiencia. Tales solicitantes no tienen ofertas de trabajo específico, siempre y cuando ellos estén entrando a EE.UU. para continuar trabajando en sus campos en los cuales tienen habilidades específicas. Tales solicitantes pueden presentar su propia Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, Formulario I-140, al USCIS.  
  2. Profesores e investigadores destacados con al menos tres años de experiencia en enseñanza o investigación, quienes son reconocidos a nivel internacional. Los solicitantes en esta categoría deben venir a EE.UU. para obtener empleo permanente, profesor titular, o una posición de investigación comparable en una universidad u otra institución de educación avanzada. El posible empleador debe proporcionar la oferta de trabajo y presentar una Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, Formulario I-140, al USCIS.
  3. Managers o ejecutivos multinacionales quienes han sido empleados por al menos uno de los tres años previos por la filial en el extranjero, filial matriz, subsidiaria, o rama del empleador de EE.UU. El empleo del solicitante fuera de EE.UU. debe haber estado en una posición de manager o ejecutivo, y el solicitante debe volver a una posición de manager o ejecutivo. El posible empleador debe proporcionar una oferta de trabajo y presentar una Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, Formulario I-140, al USCIS. 

Segunda Preferencia de Trabajo (E2): Profesionales con Títulos Avanzados y Personas con Habilidades Excepcionales

Un solicitante de segunda preferencia debe tener generalmente un certificado de trabajo aprobado por el Departamento del Trabajo (en inglés). Una oferta de trabajo se requiere y el empleador de EE.UU. debe presentar una Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, Formulario I-140, en nombre del solicitante. Los solicitantes pueden solicitar una exención, conocida como Exención de Interés Nacional, de la oferta de trabajo y certificado de trabajo si la exención es de interés nacional. En este caso, el solicitante puede solicitar el mismo al presentar la Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, Formulario I-140, junto a la evidencia de interés nacional. Los profesionales que tienen títulos de educación avanzada y las personas de habilidad excepcional reciben 28.6 por ciento del límite a nivel mundial anual de visas de inmigrante a través del empleo, más cualquier visa de la categoría de primera preferencia de empleo sin usar.

Hay dos subgrupos dentro de esta categoría:

  1. Profesionales que tienen título de educación avanzada (más allá del bachillerato), o un título de bachiller y al menos cinco años de experiencia en la profesión.
  2. Personas con habilidad excepcional en las ciencias, artes o negocios. Una habilidad excepcional significa tener un título de especialidad considerablemente más importante que lo que se encuentra ordinariamente en las ciencias, artes y negocios.

Tercera Preferencia de Trabajo (E3): Trabajadores con Habilidades, Profesionales y Trabajadores sin Habilidades (otros trabajadores)

Un solicitante de tercera preferencia debe tener un Formulario I-140, Petición de Inmigrante de Trabajador Extranjero, aprobado y presentado por el posible empleador. Dichos trabajadores generalmente necesitan certificados de trabajo aprobados por el Departamento del Trabajo (en inglés). Los trabajadores con habilidades, profesionales y trabajadores sin habilidades (otros trabajadores) reciben 28.6 del límite global anual de las visas de inmigrante a través del empleo, más las visas que no son usadas de las categorías de Primera Preferencia y Segunda Preferencia de Empleo.

Hay tres subgrupos dentro de esta categoría:

  1. Trabajadores con habilidades son aquellas personas cuyo trabajo requiere un mínimo de 2 años de entrenamiento o experiencia de trabajo que no es temporario ni por temporada.
  2. Profesionales son miembros de profesiones cuyo trabajo requiere al menos un título de bachiller de una universidad de EE.UU. o colegio o título extranjero equivalente.
  3. Trabajadores sin habilidades (otros trabajadores) son personas capaces de llenar posiciones que requieren menos de dos años de entrenamiento o experiencia que no son temporarios o por temporada.

Cuarta Preferencia de Trabajo (E4): Ciertos Inmigrantes Especiales

Un solicitante de cuarta preferencia debe ser el beneficiario de un Formulario I-360, Petición para Ameriasiático, Viuda(o) o Inmigrante Especial, aprobado con la exención de Ciertos Empleados o Empleados Anteriores del gobierno de EE.UU. en el extranjero (vea el número 3 a continuación). El certificado de trabajo no es necesario para cualquiera de los subgrupos de Ciertos Inmigrantes Especiales. Los inmigrantes especiales reciben 7.1 por ciento del límite global anual de las visas de inmigrante a través del empleo.

Hay varios subgrupos dentro de esta categoría:

  1. Locutores/Presentadores en EE.UU. empleados por la Agencia de Radiodifusión Internacional del Consejo de Gobernadores de Radiodifusión o beneficiario de dicha organización
  2. Ministros de Religión
  3. Ciertos Empleados o Empleados Anteriores del gobierno de EE.UU. en el extranjero – Debe usar el Formulario DS-1884, Petición para Clasificar Inmigrantes Especiales Bajo INA 203 (b) (4) Como un Empleado o Empleado Anterior del gobierno de EE.UU. en el extranjero (en inglés)
  4. Ciertos Empleados Anteriores de la Compañía del Canal de Panamá o gobierno de la zona del canal
  5. Ciertos Empleados Anteriores del gobierno de EE.UU. en la zona del canal de Panamá
  6. Ciertos Empleados Anteriores de la Compañía del Canal de Panamá o el gobierno de la zona del canal el 1 de abril, 1979
  7. Interpretes/Traductores Iraníes y Afganos quienes han trabajado directamente con las fuerzas armadas de Estados Unidos o bajo la autoridad del Jefe de Misión como traductor/interprete por un periodo de al menos 12 meses y cumplen los requisitos. Esta clasificación tienen un límite numérico anual de 50 visas. Vea Visas para Inmigrantes Especiales para Traductores/Interpretes iraquíes y afganos para más información.
  8. Los nacionales iraquíes y afganos quienes proporcionaron servicios leales y valiosos mientras empleados por o en nombre del gobierno de Estados Unidos en Irak por no menos de un año en o después del 20 de marzo, 2003 y antes del 30 de septiembre, 2013, o en Afganistán por no menos de un año después del 7 de octubre, 2001, y han sufrido amenazas continuas como consecuencia de su empleo. Vea Visas de Inmigrante Especial para Iraquíes – Trabajo para/en nombre del gobierno de EE.UU. y afganos – Trabajo para/en nombre del gobierno de EE.UU. para más información.
  9. Ciertos Graduados Médicos Extranjeros (Ajustes solamente)
  10. Ciertos empleados retirados de organizaciones internacionales
  11. Ciertos hijas e hijos solteros de empleados de organizaciones internacionales
  12. Ciertos cónyuges sobrevivientes de empleados fallecidos de organizaciones internacionales
  13. Inmigrantes Especiales Juveniles (sin familiares dependientes; ajustes solamente)
  14. Personas reclutadas fuera de Estados Unidos quienes sirvieron o están registrados para servir en las Fuerzas Armadas de EE.UU.
  15. Ciertos civiles retirados de OTAN-6
  16. Ciertas hijas e hijos solteros de civiles de la OTAN-6
  17. Ciertos cónyuges sobrevivientes de empleados civiles fallecidos de la OTAN-6
  18. Personas quienes son beneficiarios de solicitudes o solicitudes de certificados de trabajo presentados antes del 11 de septiembre, 2001, si la solicitud fue declarada invalida debido al ataque terrorista del 11 de septiembre, 2001.
  19. Ciertos trabajadores religiosos

Quinta Preferencia de Trabajo (E5): Inversores Inmigrante

Las categorías de visa de inmigrante inversor son por inversión de capital por los inversores extranjeros en nuevos negocios comerciales en Estados Unidos que estimulan la creación de trabajos. Seleccione Visas de Inmigrante Inversor (en inglés) para informarse más sobre esta categoría a través del empleo.

Pasos Siguientes – Tarifas y Solicitud de Visa

Después de que el USCIS aprueba la petición, esta  es enviada al Centro Nacional de Visas (NVC). Una vez que la recibe, el NVC le asignará un número de caso a la petición. Cuando la fecha de prioridad (en inglés) del solicitante cumple con la fecha de la calificación (en inglés) más reciente, el NVC instruirá al solicitante que complete el Formulario DS-261 (en inglés), Elección de Dirección y Agente. (NOTA: Si usted ya tiene una abogado, el NVC no le instruirá para que complete el Formulario DS-261). El NVC comenzará con el pre-procesamiento del caso del solicitante al proporcionar al solicitante las instrucciones para enviar las tarifas apropiadas. Después del pago de las tarifas apropiadas, el NVC requerirá que el solicitante envíe los documentos de visa de inmigrante necesarios, incluyendo formularios de solicitud, documentos civiles y más. Infórmese más sobre el proceso de casos de visa del Centro Nacional de Visas.

¿Pueden mis Familiares También Recibir Visas de Inmigrante?

En base a su solicitud petición, su cónyuge e hijos menores solteros, menores de 21 años, pueden solicitar para visas de inmigrante con usted. Al igual que usted, ellos deben completar los formularios de solicitud apropiados, obtener los documentos civiles requeridos, pagar las tarifas requeridas y someterse al examen médico. Los cónyuges del mismo sexo de ciudadanos de EE.UU. y Residentes Permanentes Legales (LPRs), junto con sus hijos menores, ahora son elegibles para los mismos beneficios de inmigración como los cónyuges de sexo opuesto.  Los oficiales consulares en Embajadas o Consulados de EE.UU. adjudicarán sus solicitudes de visa de inmigrante cuando recibe una solicitud I-130 o I-140 aprobada del USCIS. Para más información, por favor vea nuestras Preguntas Frecuentes.

Limites Numéricos

Todas las categorías de visas de inmigrante a través del empleo son emitidas en orden cronológico en el cual las solicitudes fueron presentadas hasta que se llega al límite numérico anual. La fecha en la que se presenta una petición se convierte en la fecha de prioridad (en inglés) del solicitante. Las visas de inmigrante no pueden ser emitidas hasta que se llega a la fecha de prioridad. En ciertas categorías con excesos de solicitudes, hay un periodo de espera de varios años antes de llegar a la fecha de prioridad. Vea el Boletín de Visas (en inglés) para las fechas de prioridad más recientes.

Tarifas

Se cobran tarifas por los siguientes servicios:

  • Presentar una Petición de inmigrante para trabajador extranjero, Formulario I-140, o solicitud para Amerasiático, viudo(a), o inmigrante especial, Formulario I-360 (esta tarifa la cobra el USCIS)
  • Procesamiento de la solicitud de visa de inmigrante, Formulario DS-260 (ver Nota a continuación)
  • Examen médico y vacunas requeridas (costos varían)
  • Otros costos pueden incluir: traducciones; cargos de fotocopias; tarifas para obtener los documentos que necesita para la solicitud de visa de inmigrante (tales como pasaporte, certificados de conducta, certificados de nacimiento, etc.); y los gastos para viajar a la Embajada o Consulado de EE.UU. para su entrevista de visa. Los costos varían por país y por caso.

Para tarifas actuales para los servicios del Departamento de Estado, vea Tarifas para Servicios de Visas. Para tarifas actuales para servicios del USCIS, vea las Tarifas de Presentación en el sitio web del USCIS.

Nota: Las tarifas se deben pagar por cada inmigrante posible, sin importar la edad, y no son reembolsables.

Las tarifas no se deberían pagar al NVC o a la Embajada o Consulado de EE.UU. donde usted tiene la entrevista de visa, a menos que esto sea específicamente pedido. El NVC les proporcionará instrucciones a los solicitantes sobre donde y cuando deben pagar las tarifas apropiadas. Estas instrucciones también están en Pago de Tarifa de Procesamiento. No envíe dinero a la dirección del NVC en Portsmouth, New Hampshire.

Documentos Requeridos

En general, se requieren los siguientes documentos:

  • Pasaporte(s) validos por 60 días más allá de la fecha de vencimiento que aparece en la visa de inmigrante.
  • Formulario DS-260 (en inglés), Visa de Inmigrante y Solicitud de Registración de Extranjero.
    • Vea un ejemplo (en inglés) del DS-260 (6.4MB).
  • Dos (2) fotos de 2x2. Vea el formato de foto requerido explicado en los Requerimientos de Fotos.
  • Documentos civiles para el solicitante. Vea Documentos que el Solicitante debe Presentar para información específica sobre los requisitos de documentación, incluyendo información que pueda necesitar ser traducida. El oficial consular puede pedir más información durante su entrevista de visa. Traiga sus documentos civiles originales (o copias certificadas) tal como certificados de nacimiento y matrimonio, al igual que fotocopias legibles de los documentos civiles originales, y cualquier traducción necesaria a su entrevista de visa de inmigrante. Los documentos originales y traducciones serán devueltos.
  • Patrocinio Económico – En su entrevista de visa de inmigrante, usted debe demostrar al oficial consular que usted no se convertirá en una carga pública (en inglés) en Estados Unidos. (NOTA: Para aquellos solicitantes cuyo familiar de un ciudadano de EE.UU. o Residente Permanente Legal (LPR) presentó la Petición, Formulario I-140, o donde dicho familiar tiene considerable participación accionaria en la entidad que presentó la petición, ese familiar debe completar el Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de la Ley, en nombre del solicitante).
  • Formularios Completos del Examen Médico – Estos son proporcionados por el médico de panel después de que usted completa su examen médico y vacunas (vea a continuación).

Entrevista de Visa

Una vez que el NVC determina que el expediente está completo con todos los documentos requeridos, ellos programan la cita para la entrevista del solicitante. El NVC envía el expediente, que contiene la petición del solicitante y los documentos mencionados anteriormente, a la Embajada o Consulado de EE.UU. donde el solicitante será entrevistado para la visa. El solicitante, abogado, agente tercero, si aplicable, recibirá los emails de citas, o cartas (si no hay un email disponible), que contiene la fecha y hora de la entrevista de visa del solicitante junto con las instrucciones, incluyendo la guía para someterse al examen médico.

Cada solicitante debería traer un pasaporte valido a la entrevista, al igual que cualquier documento mencionado anteriormente que no fue aun proporcionado por el NVC. Un oficial consular entrevistará al solicitante, y el oficial consular determinará si el solicitante es elegible para recibir una visa de inmigrante de acuerdo a la ley de inmigración de EE.UU. Se hará el escaneo, sin tinta, de las huellas digitales el mismo día de la entrevista. Generalmente, al solicitante se le devuelven los documentos civiles originales y traducciones originales al momento de la entrevista.

Exámenes Médicos y Vacunas

Aviso importante: cuando se prepara para su entrevista, usted necesitará programar y completar su examen médico y cualquier vacuna requerida antes de la entrevista de visa. Antes de que se pueda emitir una visa, cada solicitante, sin importar la edad, debe someterse al examen médico que debe ser realizado por un médico de panel autorizado. El NVC proporciona instrucciones al solicitante sobre los exámenes médicos, incluyendo la información sobre médicos de panel autorizados. Vea Exámenes Médicos para más información, incluyendo una lista de médicos de panel por país, y preguntas más frecuentes.

Requisitos de Vacunas

La Ley de Inmigración de EE.UU. requiere que los solicitantes de visa de inmigrante obtengan ciertas vacunas antes de que se pueda emitir las visas de inmigrante. Vea los Requisitos de Vacunas para Solicitantes de IV para la lista de vacunas requeridas e información adicional.

¿Cuánto Tiempo Tarda?

Los casos de visa de inmigrante a través empleo tardan tiempo adicional debido al límite numérico de categorías de visa. El tiempo varia por caso y no se puede predecir para casos individuales con precisión. Algunos casos son demorados porque los solicitantes no siguen las instrucciones cuidadosamente. Algunas solicitudes de visa requieren procesamiento administrativo adicional, lo cual lleva tiempo adicional después de que el oficial consular entrevista al solicitante.

Inelegibilidad para la Visa

Ciertas condiciones y actividades pueden hacer que un solicitante sea inelegible para una visa. Los ejemplos incluyen: tráfico de drogas; estadía con visa vencida; y envió de documentos falsos. Si no es elegible para una visa, a usted se le notificará mediante el oficial consular y le aconsejará si hay una exención por la inelegibilidad disponible para usted y cuál es el proceso de exención. Inelegibilidad y Exenciones: Leyes (en inglés) contiene la lista completa de inelegibilidades.

Distorsión de Hechos Relevantes o Fraude

Tratar de obtener una visa mediante la distorsión voluntaria de hechos relevantes o fraude puede resultar en que usted sea inelegible para recibir una visa de Estados Unidos o entrar a Estados Unidos.

Cuando Usted Tiene su Visa de Inmigrante – Lo que Usted Debería Saber

Si a usted se le emite una visa de inmigrante, el oficial consular le dará su pasaporte que contiene la visa de inmigrante y un paquete sellado que contiene los documentos que usted proporcionó. Es importante que usted no abra el paquete sellado. Solamente los oficiales de Inmigración de EE.UU. deberían abrir este paquete cuando usted entra a Estados Unidos. Usted debe entrar a Estados Unidos antes de la fecha de vencimiento que aparece en su visa. Cuando usted viaja, el solicitante primario (o principal) debe entrar a Estados Unidos antes o al mismo tiempo que sus familiares que tienen visas.

Tarifa de Inmigrante del USCIS – Usted debe pagar la tarifa de inmigrante del USCIS a los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) después de que usted recibe su visa de inmigrante y antes de viajar a Estados Unidos. (Aquellos que tienen la visa SI-1, SI-2, SI-3, SQ-1, SQ-2 y SQ-3 no pagarán la tarifa). Seleccione Tarifa de Inmigrante de USCIS en el sitio web del USCIS para más información. 

Aviso Importante: El USCIS no emite Tarjetas de Residencia Permanente (Formulario I-551 o Tarjeta Verde) hasta que usted paga la tarifa.

Entrada a EE.UU.: Puerto de Entrada

Una visa permite a un ciudadano extranjero viajar al puerto de entrada de EE.UU. y pedir permiso para entrar a Estados Unidos. Usted debería tener en cuenta que una visa no garantiza la entrada a Estados Unidos. Los oficiales del Servicio de Aduana y Protección Fronteriza de EE.UU. (CBP) del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) tienen la autoridad para permitir o negar la entrada a Estados Unidos. Los viajeros deberían revisar la información importante sobre los requisitos de admisiones y entradas en el sitio web del CBP bajo Viajes (en inglés).

Una vez que usted paga la tarifa de inmigrante del USCIS y ha sido admitido a Estados Unidos como residente permanente, su Tarjeta de Residencia Permanente, Formulario I-551 (anteriormente conocido como Tarjeta de Registración de Extranjero, o también Tarjeta Verde) será enviada por correo.

Como Solicitar una Tarjeta de Número de Seguro Social

Si usted eligió en su formulario de solicitud de visa de inmigrante recibir su tarjeta de número de seguro social cuando es admitido a Estados Unidos como inmigrante, su tarjeta será enviada por correo a la dirección de EE.UU. que usted usó en su formulario de solicitud. Si usted no eligió recibir su Tarjeta de Número de Seguro Social automáticamente, usted tendrá que solicitar para que se le emita una tarjeta después de su llegada a Estados Unidos. Para informarse sobre como solicitar una Tarjeta de Número de Seguro Social, visite el sitio web de la Administración de Seguro Social.

Cuando Usted es un Residente Permanente

Cuando viene a Estados Unidos a vivir permanentemente, usted querrá informarse más sobre su estatus como Residente Permanente Legal. Vea Bienvenido a Estados Unidos: Una Guía para Nuevos Inmigrante para ver información en el sitio web del USCIS sobre la vida en Estados Unidos.

Información Adicional

Las solicitantes de visas de inmigrante no deberían hacer arreglos finales de viajes, deshacerse de propiedad, o dejar sus trabajos a menos que la visa ya haya sido emitida. Algunas solicitudes de visas requieren procesamiento administrativo adicional, lo cual lleva tiempo adicional después de la entrevista de visa del solicitante. Una visa de inmigrante es generalmente valida por seis meses de la fecha de emisión. 

Preguntas Generales sobre Visas

  • Antes de enviar su pregunta, le pedimos que vea cuidadosamente este sitio web para respuestas a sus preguntas. Debido al volumen de preguntas, no podemos prometer una respuesta inmediata a su pregunta.
  • Si su pregunta concierne a un caso de visa en progreso en el extranjero, usted debería contactar a la embajada o consulado de EE.UU. que está manejando en caso para información sobre el estatus. Seleccione Embajada o Consulado de EE.UU. (en inglés) para encontrar la información de contacto.
  • Usted puede encontrar la información de contacto para la Oficina de Servicios de Visas, División de Consultas Públicas en Contáctenos.